Como ya lo hemos comentado en otras notas los planes de desarrollo, los planes de ordenamiento ecológico y territorial, y la planeación en urbana en México es de corto plazo, federal y estatal de seis años, municipal de tres años, los planes y estudios de gran visión o de largo plazo son ejercicios optativos con vigencia indefinida, pero no obligatorios.
Vivimos una anarquía urbana desde 1993 cuando que se modificó la ley general de asentamientos humanos y se delegó a todos los municipios del país sin estar preparados para ello la facultad del ordenamiento territorial, la planeación y usos del suelo de sus municipios, creándose en algunos casos los institutos municipales de planeación, la mayoría sin facultades operativas, en consecuencia sus sugerencias son como llamadas a misa, las atiende el que quiera; y desatándose un gran desorden y corrupción generalizada que aún persiste.
El Estado de Jalisco cuenta con organismos consultivos auxiliares. |
El Estado de Jalisco cuenta con organismos consultivos auxiliares, multitudinarios con 37 organismos integrantes y 17 invitados permanentes. |
El efecto también ya lo hemos comentado, la indeseable expansión urbana, las cuatro desarrolladoras más grandes del país en concurso mercantil y 5 millones de viviendas abandonadas por diversas causas.
El actual gobierno federal atraves de la SEDATU decidió revertir esta situación con programas como volver al centro, la ciudad central, la ciudad verde, la ciudad inteligente, mezcla de usos de suelo, densificar y apoyar con planes integrales de movilidad; lo cual a pesar de sus buenos propósitos como los perímetros de contención urbana y nuevas reglas para subsidios que han sido laxos y negociables, reformar leyes y reglamentos locales para permitir vivienda vertical de bajo costo, aún no ha logrado resultados positivos debido al marco macroeconómico existente, especialmente salariados con muy bajos salarios, el 60% de la PEA en la informalidad, tierra muy cara, partir de la premisa equivocada que la infraestructura, equipamiento y movilidad existente es suficiente y en consecuencia va para muy largo plazo remediar errores de 25 años de equivocadas reformas constitucionales y políticas públicas, asimismo se propone reformar la Ley General De Asentamientos Humanos y está en vía de aprobarse una esperanzadora Ley General De Ciudades Y El Territorio que habrá que analizar.
Ante este escenario nacional, Jalisco no es la excepción, se cuenta con el Código Urbano Del Estado De Jalisco Y Sus Municipios, que por cierto erróneamente convocaron a revisar sin que este aprobada la ya citada nueva Ley General De Ciudades Y El Territorio: el Programa Estatal De Desarrollo Urbano que deberá ser revisado cada seis años, los Planes Regionales de Integración Urbana y del Ordenamiento Ecológico Regional del Estado que deberá ser revisado cada seis años; el Programa Municipal De Desarrollo Urbano que deberá ser revisado cada tres años, el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población que deberá ser revisado cada tres años y los Planes Parciales De Desarrollo Urbano que también se revisan cada tres años.
Como verán esto es un galimatías, planeación de corto plazo, reinventamos el país y los estados cada seis años y los municipios cada tres años y además agréguenle los presidentes municipales chapulines que tan solo duran dos años y súmenle a este escenario las malas finanzas públicas y las deudas públicas cada vez a mayor largo plazo (17.5 años promedio) y sus encubiertas nuevas modalidades como PPS y APP.
Los municipios metropolitanos cuentan con el Instituto Metropolitano de Planeación (IMEPLAN). |
Habra que recordar que los municipios, si bien suscriben acuerdos de coordinación con la federación y los estados, como lo señala el artículo 115 constitucional estos son libres y soberanos, en consecuencia y de acuerdo a la ley revisan y cambian sus planes de desarrollo urbano cada tres años y basta una mayoría simple en cabildo para cambiar en cualquier momento un uso de suelo o en su defecto si se niega, el interesado recurra al Tribunal Administrativo Del Estado, para que le otorgue los cambios de uso de suelo que los municipios le negaron, de tal suerte que coloquialmente se comenta que el TAE autoriza más cambios de usos de suelo que los municipios.
El estado de Jalisco cuenta con organismos consultivos auxiliares, multitudinarios, simbólicos, catárticos, como el Consejo Económico y Social del Estado de Jalisco para el Desarrollo y la Competitividad (CESJAL), el Consejo Estatal De Desarrollo Urbano (CEDU) este último derivado del Código Urbano y a que a pesar de su excesiva multi representación (37) e invitados permanentes (17) , y siendo su responsabilidad el desarrollo urbano curiosamente no hay ningún presidente municipal en su consejo; su concepción parece bien intencionada, mas por lo numeroso de sus miembros y complejidad resultan solamente de gran utilidad política, hacerlos sentirse consultados, estar en la jugada y tomarse la foto, mas no en la práctica, sus resultados medibles son magros; y ahora los municipios metropolitanos cuentan el deseado y cacareado Instituto Metropolitano De Planeación (IMEPLAN) que se tenían muchas esperanzas y expectativas sobre él y finalmente nació muerto, sin facultades, con muy poca y real participación ciudadana, y su futuro predecible como el de todos los institutos municipales de planeación existentes en el país, inútiles, todas sus recomendaciones son como llamadas a misa.
El tema de fondo y una observación relevante es que al darse los cambios organizacionales estatales la hoy Secretaria de Infraestructura y Obra Pública (SIOP) desincorporo todas sus facultades en materia de desarrollo urbano que se le asignaron al modificarse la Secretaria Del Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial (SEMADET) quedando una débil área de desarrollo territorial, ordenamiento ecológico y planeación urbana en dos direcciones generales una de “Planeación Y Gestión Urbana” y otra de “Planeación Y Ordenamiento Territorial” con funciones y objetivos poco claros, y sin entendibles facultades sobre la materia ya que son de los municipios, su existencia se supone es solo para darles información y asistencia mediante convenios de colaboración.
Más sin embargo La SIOP si bien jurídicamente y administrativamente quedo desvinculada del ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda, su titular es el secretario técnico del multitudinario CEDU no la SEMADET que si es miembro propietario del mismo.
La SIOP desincorporó todas sus facultades en materia de desarrollo urbano. |
También existe el Consejo Metropolitano De Desarrollo urbano, que lo preside el titular del ejecutivo, los presidentes municipales de la zona y secretarios de estado vinculados con la materia, sus funciones son Ordenar y Regular el crecimiento urbano: Buscar las fórmulas para operar y administrar con eficiencia los servicios públicos, Acordar las formas más eficaces para ejecutar las Obras de infraestructura y equipamiento de gran magnitud, Resolver el esquema Metropolitano la disposición de derechos sólidos, Atacar el proceso de contaminación atmosférica, Garantizar a la población la seguridad pública.
Por otra parte en lo que se refiere a la vivienda existe la Ley De Vivienda Del Estado De Jalisco, la vivienda antes estaba sectorizada en la SEDUOP hoy SIOP, el hoy el Instituto Jalisciense De La Vivienda (IJALVI), que es un organismo público descentralizado antes denominado IPROVIPE, tiene una junta de gobierno que preside el gobernador y su representante antes era el titular de la SEDUOP hoy es el director de la Consejería del Gobernador, tiene también su consejo consultivo y sus funciones son de coordinación sectorial, adquirir tierra y generar oferta de vivienda popular para no asalariados.
Como observamos existe una evidente dispersión de funciones, desarticulación y se generaron vacíos y pérdida de control producto de la reestructuración de la SEMADET, la SIOP y la SEPAF quedando prácticamente descoordinado el sector de ordenamiento territorial y ecológico, la planeación urbana, la coordinación metropolitana y la coordinación de vivienda en Jalisco.
Como observamos existe una evidente dispersión de funciones, desarticulación y se generaron vacíos y pérdida de control producto de la reestructuración de la SEMADET, la SIOP y la SEPAF. |
Finalmente existe una la Procuraduría Del Desarrollo Urbano (PRODEUR) que su titular lo propone el ejecutivo, lo selecciona el legislativo, le paga el ejecutivo, no actúa de oficio y es prácticamente inútil para los ciudadanos y muy útil para los desarrolladores.
Arq. J. Jesús García Rojas A.
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